Decía con toda crudeza el Siervo de Dios S.S. Pío XII, que: «El pecado del siglo es la pérdida del sentido del pecado» [1] , enseñanza pontificia que reiteró S.S. Juan Pablo II, en la «Reconciliatio et paenitentiae».
E ignora la grandeza de la obra del Redentor de los hombres, quien ignora de los grandes males de los que nos quiere salvar: Y a vosotros, que estabais muertos en vuestros delitos y en vuestra carne incircuncisa, os vivificó juntamente con él y nos perdonó todos nuestros delitos. Canceló la nota de cargo que había contra nosotros, la de las prescripciones con sus cláusulas desfavorables, y la suprimió clavándola en la cruz. Y, una vez despojados los Principados y las Potestades, los exhibió públicamente, incorporándolos a su cortejo triunfal (Col 2,13–15).
Menosprecia la importancia sin medida de la Redención, quien infravalora la gravedad, malicia y fealdad de los pecados, como también quien no quiere pensar en el horror de su castigo eterno.
¿De qué nos salva Jesucristo? De los pecados. ¿De qué nos libra? Del infierno eterno.
Hemos de considerar por qué es justo que el que muere en pecado mortal, sin arrepentirse, se condena a un suplicio eterno.
I
Por la Persona ofendida: Dios
Alguien dirá: ¿Padre, ¿por qué castigar una culpa que dura unos instantes con una pena eterna? Ningún crimen se castiga por el tiempo que se tarda en cometerlo, sino que la pena mira a las disposiciones del criminal. La justicia humana, ¿no condena a veces con prisión perpetua y aún a la pena de muerte al malhechor que cometió el crimen en un instante? ¡Imagino que nadie pensará que el homicidio voluntario, por ser cometido en pocos segundos, es algo leve! ¿O qué el que destruye la paz social poniendo una bomba que mata a muchos, se le castigue con la prisión por los segundos que duró el estallido de la bomba?
1. Hay dos cantidades en la pena: «Como la pena tenga una doble cantidad, a saber, según la intensidad del dolor y según la duración del tiempo, la cantidad de la pena corresponde a la cantidad de la culpa conforme a la intensidad del dolor, de suerte que se inflige una pena mayor a quien pecó más gravemente; de aquí que diga el Apocalipsis: Cuánto más se glorificó y más delicias gozó, tanto dadle a él de duelo y tormento (Ap 17,8). La duración de la pena no está acorde con la duración de la culpa, como dice San Agustín [2] , pues el adulterio, que en un momento se perpetra, no se castiga con pena momentánea aun según las leyes humanas. Mas la duración de la pena mira a la disposición del que peca. Pues, algunas veces, aquel que peca contra alguna ciudad, por el pecado se hace digno de que sea totalmente eliminado de la sociedad civil de la ciudad, o bien, por el destierro perpetuo o también por la muerte. Otras, por el contrario, no se hace digno de que sea totalmente excluido de la sociedad de los ciudadanos, y entonces, para que pueda ser buen miembro de la sociedad, se le prolonga la pena o se le abrevia, según sea necesario a su curación, a fin de que pueda pacífica y decentemente vivir en la ciudad.
Del mismo modo, según la justicia divina, uno se hace digno por el pecado de ser totalmente separado del consorcio de la ciudad de Dios; lo cual tiene lugar en todo pecado que se cometa contra la caridad. Y así, por el pecado mortal, que es contrario a la caridad, es uno arrojado para siempre de la sociedad de los santos al serle impuesta pena eterna; porque San Agustín dice en el mentado libro [3] : “que, si de esta ciudad mortal son excluidos los hombres por el suplicio de la primera muerte, de aquella inmortal lo son con el suplicio de una segunda muerte”. Es accidental que la pena que la ciudad mundana inflige no sea reputada eterna, o porque el hombre no ha de vivir siempre, o porque esa misma ciudad puede sucumbir. Por donde, si el hombre viviese perpetuamente, la pena de destierro o de esclavitud que por ley humana le fueren impuestas permanecerían con él perpetuamente. Mas los que pecan de forma que no se hacen dignos de ser totalmente separados del consorcio de la ciudad santa, como los que pecan venialmente, su pena será tanto más breve o más larga, cuanto más o menos pronto sean purgadas, según estuvieren más o menos apegados al pecado; lo que se lleva a cabo, según la divina justicia, por las penas de este mundo y del purgatorio» [4] .
2. La pena es proporcional al pecado: Nos preguntamos:¿Hay algún pecado que lleve consigo reato de pena eterna? Reato (del lat. reātus) es la obligación que queda a la pena correspondiente al pecado, aun después de perdonado. Responde Santo Tomás: «Tanto en los juicios de Dios como en los juicios de los hombres, la pena es, en cuanto a su rigor, proporcionada al pecado. Pero, como afirma San Agustín [5] , en ningún juicio se requiere que la pena se adecue a la falta en cuanto a la duración. No porque el adulterio u homicidio se cometen en un instante deben ser castigados con una pena momentánea, sino a veces son castigados con cárcel perpetua, o con destierro, o con la misma muerte: castigo en que no se considera precisamente el tiempo que dura la ejecución, sino el que desaparezca de la sociedad de los vivos para siempre, representando, en cierto sentido, la eternidad de la pena infligida por Dios. Es justo, nos dice san Gregorio, que “quien en su propia eternidad pecó (= in suo aeterno pecavit) contra Dios, en la eternidad de Dios sea castigado” [6] . Y decimos que peca en su propia eternidad, no sólo por la continuidad del acto, que perdura en toda su vida, sino porque, habiendo puesto su fin en el pecado, tiene la voluntad de pecar siempre. Por lo que afirma san Gregorio en sus “Morales” que “los inicuos quisieran vivir siempre para permanecer siempre en su iniquidad” [7] » [8] . Es justo que nunca carezcan de tormentos los que nunca, mientras pudieron, hicieron nada para carecer de pecado.
3. Pecan contra Dios que es infinito: «Se puede aducir también otra razón para probar que la pena del pecado mortal es eterna. Porque por él se peca contra Dios, que es infinito, por tanto, “El pecado mortal tiene cierta infinitud” [9] . Y como la pena no puede ser infinita en su intensidad, puesto que la criatura no es capaz de cualidad alguna infinita, se requiere, que por lo menos, sea de duración infinita.
4. Porque queda la culpa, debe quedar la pena: Una cuarta razón viene también a reducirse a esto: porque la culpa queda para siempre, ya que no puede ser perdonada sin la gracia, que el hombre no puede adquirir después de la muerte; y no debe cesar la pena mientras quede la culpa» [10] .
5. Es privado del último fin para siempre: «Es preciso que esta pena, por la que alguien es privado del último fin sea interminable.
1. En efecto, no hay privación de una cosa sino cuando naturalmente debía poseerse; pues no decimos que un cachorro, apenas nacido, esté privado de la vista. Pero el hombre no es apto naturalmente para conseguir en esta vida el último fin, según probamos. Por consiguiente, la privación de este fin debe ser una pena posterior a esta vida. Sin embargo, después de esta vida, no le queda al hombre la facultad de conseguir el último fin, porque el alma precisa del cuerpo para conseguir su fin, ya que por el cuerpo adquiere la perfección en la ciencia y en la virtud. Y el alma, después de separarse del cuerpo, ya no volverá a este estado en que adquiere la perfección mediante el cuerpo, como decían quienes defendían la transmigración, contra los cuales discutimos antes. Luego es necesario que quien es castigado con la pena de ser privado del último fin la sufra eternamente.
2. Si una cosa está privada de lo que debía poseer por su propia naturaleza, es imposible que vuelva a tenerla de no resolverse antes en materia preexistente, para que por segunda vez se engendre algo nuevamente; como sucedería si un animal perdiese la vista u otro sentido. Pero es imposible que lo que ya fue engendrado sea engendrado por segunda vez, a no ser que antes se corrompa; y entonces, de esa misma materia, podrá ser engendrado otro, pero no idéntico en número, sino en la especie. Y una cosa espiritual, como el alma o el ángel, no pueden resolverse en una materia preexistente para que de nuevo sea engendrado algo idéntico en la especie. Por consiguiente, si fuera privada de lo que naturalmente debe poseer, sería menester que tal privación permaneciese eternamente. Mas en la naturaleza del alma y del ángel, hay un orden al fin último, que es Dios. Luego si se separa de este orden por alguna pena, tal pena permanecerá eternamente.
3. La equidad natural parece exigir que uno sea privado del bien contra el cual obra, porque obrando así se hace indigno de tal bien. Y, por este motivo, según la justicia civil, quien peca contra la nación es privado totalmente de la convivencia nacional, sea por la muerte o por el destierro perpetuo, sin mirar a la duración del pecado, sino a aquello contra lo que se pecó. Mas la misma comparación hay entre la vida presente y la nación terrena que entre toda la eternidad y la sociedad de los bienaventurados, quienes gozan eternamente del último fin. Por tanto, quien peca contra el último fin y contra la caridad, por la cual existe la sociedad de los bienaventurados y de los que tienden a la bienaventuranza, debe ser castigado eternamente, aunque hubiera pecado por un breve intervalo de tiempo.
4. […]
5. Por la misma razón de justicia, se da castigo a los pecados y premio a los actos buenos. Mas el premio de la virtud es la bienaventuranza [11] , que es eterna, según se demostró. Por consiguiente, la pena por la cual es uno excluido de la bienaventuranza debe ser también eterna.
Por esto se dice en San Mateo: E irán los malos al suplicio eterno, y los justos a la vida eterna (Mt 25,46).
Con esto se refuta el error de quienes afirman que las penas de los malos han de terminar algún día[12] . Esta opinión parece haber tenido origen indudablemente en la de algunos filósofos, que decían que todas las penas eran purgativas, y así habían de terminar algún día.
Y esto parecía verosímil por parte de la costumbre humana, porque, según nuestras leyes, las penas se imponen para enmienda de los vicios, y por eso son como ciertas medicinas; y también por parte de la razón, porque si quien castiga impusiera la pena, no por algo, sino solamente por ponerla, resultaría que se gozaría en las mismas penas, y esto no cabe tratándose de la bondad divina. Luego es menester que las penas sean aplicadas por otra cosa; y parece que no hay otro fin más conveniente que la enmienda de los vicios. Según esto, no parece conveniente afirmar que todas las penas son purgativas y que, en consecuencia, han de terminar alguna vez, puesto que lo purgativo es algo accidental a la razón de creatura y puede quitarse sin destruir su propia sustancia.
Pero se ha de conceder que Dios aplica las penas no por sí mismas, como si se deleitara en ellas, sino por algo distinto, es decir, para imponer a las creaturas el orden, en el cual consiste el bien del universo. Pero este orden requiere que Dios distribuya todas las cosas proporcionalmente; por lo cual se dice en el libro de la sabiduría que Dios lo hace todo con medida, número y peso (Sab 11,21). Y así como los premios corresponden proporcionalmente a los actos virtuosos, así deben corresponder las penas a los pecados. Pero a ciertos pecados corresponden penas sempiternas, según hemos demostrado. Luego Dios impone por ciertos pecados penas eternas, para que se observe en las cosas el orden debido que manifiesta su sabiduría.
No obstante, aunque alguien admita que todas las penas son aplicadas únicamente para enmienda de las costumbres, de ello no se sigue que estemos obligados a suponer que todas las penas son purgativas y terminables. Pues, incluso según las leyes humanas, algunos son castigados con la muerte, no ciertamente para enmienda personal, sino para enmienda de los demás. Por eso se dice en el libro de los proverbios:Castiga al petulante y el necio se hará cuerdo (Prov 19,25). Y otros, también según las leyes humanas, son desterrados para siempre de la ciudad, con el fin de que con su destierro quede más limpia la ciudad. Por ello se dice en los Proverbios: Arroja al petulante y se acabará la contienda y cesará el pleito y la afrenta(Prov 22,10). En consecuencia, aunque las penas se apliquen sólo para la enmienda de las costumbres, nada impide que, según el juicio de Dios, algunos deban ser separados perpetuamente de la compañía de los buenos y castigados eternamente, con el fin de que los hombres desistan de pecar por temor de la pena perpetua, y la sociedad de los buenos se purifique con su separación, según dice en el Apocalipsis: En ella–es decir, en la Jerusalén celestial, que significa la sociedad de los buenos– no entrará cosa impura ni quien comenta abominación y mentira (Ap 21,27)» [13] .
II
Por razón de quien ofende: el hombre
Todavía alguien dirá: ¿Por qué castigar con pena eterna un pecado temporal?
1. Porque pecaron contra un bien eterno: «Se hallan otras razones, dadas por los santos, de por qué algunos son castigados justamente con la pena perpetua por un pecado temporal. Una es porque pecaron contra el bien eterno, al despreciar la vida eterna. Esto mismo dice San Agustín en dicho libro: “Se hizo digno de un mal eterno porqué en sí mató un bien que hubiera podido ser eterno” [14] » [15] .
«Quienes a cambio de un poco de placer temporal se desvían y pierden del último fin eterno: “Ante el juicio divino la voluntad se computa por el hecho” [16] , porque el hombre sólo ve lo exterior, pero Yahvéh mira el corazón (1Sam 16,7). Ahora bien, quien a cambio de un bien temporal se desvió del último fin, que se posee por toda la eternidad, antepuso la fruición temporal de dicho bien a la eterna fruición del último fin; por donde vemos que hubiera preferido mucho más disfrutar eternamente de aquel bien temporal. Luego, según el juicio de Dios, debe ser castigado como si hubiese pecado eternamente. Y es indudable que a un pecado eterno se debe pena eterna. Por tanto, quien se desvía del último fin debe recibir una pena eterna» [17] .
2. Porque siempre pecaron: «Otra razón es que el hombre pecó siempre. Y así dice San Gregorio Magno: “A la gran justicia del que juzga toca que nunca carezcan de suplicio quienes no quisieron carecer de pecado” [18] » [19] . O sea, el hombre peca en su eternidad subjetiva.
«Y si se objetase que algunos que pecaron mortalmente se proponen enmendar su vida y, por lo tanto, debido a esto, no serían dignos de suplicio eterno, como es claro, se contesta, según algunos, que San Gregorio habla de la voluntad que se manifiesta por la obra; pues el que por propia voluntad cae en pecado mortal, se pone en estado del cual no puede ser sacado sino por la divinidad. En consecuencia, por lo mismo que quiere pecar, quiere, consecuentemente, permanecer perpetuamente en pecado. “El hombre es un espíritu que va”, a saber, al pecado, y “no vuelve” por sí mismo [20] . Como se podría decir de alguien que se echara en un pozo, del que no pudiera salir sin ayuda, que quiso permanecer allí perpetuamente, aunque hubiera pensado otra cosa.
3. Ponen su fin en la criatura: O también puede decirse, y mejor, que, por el hecho de pecar mortalmente, pone su fin en la criatura. Y como toda la vida se ordena al fin de la vida, de ahí que toda la vida la ordena a aquel pecado; y quisiera permanecer perpetuamente en pecado si pudiese ser impunemente. Y esto es lo que dice San Gregorio sobre aquello de juzgó al abismo como envejeciéndose(Job 41,23): “por eso, los inicuos murieron con un fin, porque vivieron con él. Hubiesen querido, ciertamente, vivir sin fin, para haber permanecido sin fin en sus iniquidades, pues desean más pecar que vivir; y por eso desean aquí vivir siempre para nunca dejar de pecar mientras viven” [21] » [22] .
* * * * *
«Procuren quienes desean escapar del eterno suplicio, más que esgrimir argumentos contra Dios –enseña San Agustín– acatar sus preceptos mientras todavía es tiempo» [23] .
No seamos de esos tontos de los que habla San Gregorio que decían que Dios amenazaba fingidamente con el castigo eterno. Estos trabajan en predicar a Dios por misericordioso y no tienen vergüenza en considerarlo mentiroso; ya que dijo: Irán al castigo eterno (Mt 25,46).
[1] Pio XII, Radiomensaje al Congreso Catequístico Nacional de los Estados Unidos en Boston (26 de octubre de 1946): Discursos y Radiomensajes, VIII (1946) 288, cit. en Exhortación apostólica Reconciliatio et paenitentiae, n. 18.
[2] Cf. De civitate Dei, XXI, c.11: ML 41,725.
[3] De civitate Dei, XXI, c.11: ML 41,725.
[4] Santo Tomás de Aquino, Suplemento 99,1.
[5] Cf. De civitate Dei, XXI, c.11: ML 41,725.
[6] Morales, XXXIV, c.19.
[7] Morales, XXXIV, c.19.
[8] Santo Tomás de Aquino, S.Th., I–II,87,3,ad 1.
[9] Santo Tomás de Aquino, III, 1,2 ad 2.
[10] Santo Tomás de Aquino, Suplemento 99,1.
[11] I Ethic. 9;3.
[12] Algazel defiende esta idea en contra de los motáziles; cfr. P.3º. propos.5. [ed. Miguel Asin Palacios, El justo medio en la creencia. Compendio de Teología dogmática de Algazel (Madrid 1929) 282]. Santo Tomás, sin duda, se refiere a Orígenes, según escribe en el Comment. In Math. 25 (2123): «Quidam, ut Origenes, voluerunt quod non esset aeternum supplicium. Unde ponunt quod omne supplicium terminatur»: «Algunos, como Orígenes, quisieron que no haya un suplicio eterno. De ahí que dicen que todo castigo termina».
[13] Santo Tomás de Aquino, Contra Gentiles, III,144,1–3.5.
[14] De civitate Dei, XXI, c.12: ML 41,727.
[15] Santo Tomás de Aquino, Suplemento 99,1.
[16] San Agustín, In Psal, 57, 7: PL 36,677.
[17] Santo Tomás de Aquino, Contra Gentiles, III,144,4.
[18] In IV Dialog, c.44: ML 77,404.
[19] Santo Tomás de Aquino, Suplemento 99,1.
[20] Glossa Interl. et Lombardi in ps. 77,39: ML 191,736.
[21] Morales, XXXIV, c.19: ML 76,738.
[22] Santo Tomás de Aquino, Suplemento 99,1.
[23] La Ciudad de Dios, II (BAC, Madrid 1978) 811.